Emergencias Funerarias

Este beneficio reembolsa los gastos funerarios de un fallecido que fue pensionado, cotizante del IPS o jubilado de AFP.


Al momento de despedir a un ser querido, uno de los temas que puede generar mayor preocupación es el cómo financiar los gastos asociados a ese evento. Es por ello que existen la Asignación por Muerte, entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS), y la Cuota Mortuoria, aportada por las AFP.

En concreto, en el caso de los afiliados al IPS, se trata de una ayuda económica destinada a reembolsar los gastos funerarios de un fallecido que fue pensionado del sistema previsional antiguo o es beneficiario de alguno de los aportes del Pilar Solidario. Actualmente, el beneficio cubre un monto de $ 534.111.

Para hacer efectiva la Asignación por Muerte, la persona que retira la asignación debe dirigirse a la oficina del IPS más cercana y presentar el original y copia de factura, timbrada por el Servicio de Impuestos Internos y extendida por la empresa funeraria a nombre de la persona que se hizo cargo de los gastos funerarios. Las empresas funerarias registradas en el IPS pueden realizar el trámite en línea.

Asimismo, los afiliados a alguna AFP cuentan con la Cuota Mortuoria, la que consiste en el retiro de una suma equivalente a 15 UF de la cuenta previsional del difunto, monto que se entrega al cónyuge, el pariente más cercano al afiliado o quien acredite haberse hecho cargo de los gastos. Para hacer válido el beneficio, la persona debe solicitarlo en la AFP, presentando certificado de defunción del pensionado, facturas o documentos que certifiquen los gastos funerarios realizados y documentos que comprueben la relación de parentesco con el afiliado, en caso que corresponda.